Sin dudas desde la privatización de Aerolíneas Argentinas a fines de los ochenta y principio de los noventa implicó un cambio significativo en el marco regulatorio del mercado aerocomercial argentino.  Desde allí en adelante se inicio un proceso desregulatorio que propicio el ingreso de nuevo operadores al mercado y una guerra de tarifas que tendió en principio a una baja del costo del boleto al pasajero.

El pasado 2 de julio el ministro Dietrich anunció la eliminación de la banda mínima de las tarifas a partir del 15 de agosto. Una medida muy solicitada en su momento por Avianca, FlyBondi, Norwegian e incluso cuando el gobierno se reunió con miembros de Ryanair fue un tema de discusión. Incluso muchos medios especializados celebraron la medida como un nuevo capitulo en esta llamada #RevolucióndelosAviones.

Sin embargo, este capitulo ya se vivió en los años noventa, fue en el año 1992 mediante el Decreto 1492/92 en su artículo 2 (Cap. 1 principios generales) establece los principios rectores del decreto y que sus tres primeros puntos refiere: a) ingreso al mercado de nuevos explotadores a través de procedimientos administrativos breves y ágiles, diversificación de los servicios y disminución de las tarifas; b) Estímulo a la competencia entre los distintos explotadores, protección de la lealtad comercial y de los derechos del consumidor; c) Libertad para el explotador en la fijación de precios y tarifas, sistemas de comercialización o de promoción de ventas, de acuerdo a las pautas establecidas en el presente.

Hasta el momento, lo que el gobierno realiza en el marco de esta llamada revolución no es nada nuevo. Ahora bien, si uno revisa bibliografía académica varios autores (ver referencias) coinciden que con la desregulación se observó en principio:

  • La entrada de nuevos competidores al mercado,
  • Incremento de la competencia y como consecuencia de esto,
  • Reducción de las tarifas.
  • Liberalización de la capacidad o frecuencias,
  • Aumento del número de rutas servidas,
  • Oportunidades justas e igualitarias de concurrencias,
  • Nuevas tecnologías para los sistemas de reserva,
  • Programas de pasajeros frecuentes.

Ahora bien, todos sabemos como funcionó el proceso liberal de los años noventa, guerra de tarifas, bajo a escaso nivel de control regulatorio, bajo nivel de supervivencia de las líneas aéreas, esto último lleva que las líneas aéreas sobrevivientes solo se interesen por las rutas rentables, entre otras consecuencias. Por lo cual, a viejas formulas no veo nuevos resultados sino todo lo contrario la misma historia.

Referencias:

  •  Doganis, Rigas (2006). The Airline Business (2nd. Edition). Routledge.
  • Roessing Neto, Ernesto (2007). Perspectivas de um acordo de céus abertos na América do Sul. En: Revista Jurídica, Vol. 9, No. 86. (pp. 114-133). Brasilia, Brasil.
  • Silva, Flademir Candido da (2004). Transporte aéreo no Mercosul: da origem da normativa internacional ao rumo de uma Política Comum Regional. Tesis de maestría.
  • Umaña, Mario (1998). Cielos abiertos para la competitividad de Centroamérica. INCAE.
  • Villena, Marcelo J., Harrison, Rodrigo y Villena, Mauricio G. (2008). Impacto económico de la política de acuerdos de cielos abiertos en Chile. En: Revista de Análisis Económico, Vol. 23, No. 1 (pp. 107-149). Chile.

Por Pablo P

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