El gremio de pilotos APLA convoca a una Asamblea Geneal Extraordinaria para tratar la modalidad «Interchange» que implementará LATAM

El gremio aeronáutico de pilotos APLA, encabezado por Pablo Biró, emitió el lunes una convocatoria para la realización de una Asamblea General Extraordinaria para el próximo 23 de septiembre a las 13 hs.

El motivo de la convocatoria se da en el marco de que ese mismo día la aerolínea LATAM Argentina anunció el comienzo de la implementación “Interchange” en sus operaciones en la ruta Ezeiza-Miami. Entre las ordenes del día se establece analizar la situación general que esta implementación tiene en el sector, principalmente en cuanto a la afectación de matrícula extranjera y el marco normativo en el cual operaran los vuelos, y analizar las medidas a adoptar.

El punto de la cuestión es que las aeronaves que opera la filial argentina a partir del 1 de enero de 2020 no podrán ingresar al espacio aéreo de Estados Unidos por no contar con tecnología ADS-B Out es una tecnología de vigilancia que cada medio segundo, emite información de identificación, posición, entre otras, derivadas de sistemas a bordo (GNSS, etc.). La señal ADS-B Out puede ser capturada por motivos de vigilancia desde estaciones terrestres (ADSB-Out) o desde otras aeronaves para poder facilitar las alertas de tráfico, separación, espaciado y auto separación (ADS-B In). Dicha tecnología será implementada en otros países tales como México: enero 2020, Colombia: enero 2020 y en Europa: 6 de junio de 2020.

Fuente: Redimec Soluciones https://www.redimecsoluciones.com/ads-b

La aerolínea expresó que no va a realizar la inversión necesaria en sus aeronaves por no creerlo conveniente, ya que sostiene como principal argumento la antigüedad de la aeronave (+21 años de antigüedad). Por tal motivo, expresa que para mantener las operaciones desde la filial argentina a Miami si o si se deberá operar bajo la modalidad interchange. Sin embargo, tanto el código aeronáutico argentino es claro y en el capítulo 2: SERVICIOS DE TRANSPORTE AEREO INTERNO – SECCION A EXPLOTACIÓN establece en el artículo 107:

Las aeronaves afectadas a los servicios deberán tener matrícula argentina. Sin embargo, excepcionalmente, a fin de asegurar la prestación de los mismos o por razones de conveniencia nacional, la autoridad aeronáutica podrá permitir la utilización de aeronaves de matrícula extranjera”.

De esta forma tanto la autoridad aeronáutica nacional como la compañía abren una puerta que puede ser utilizada por otras compañías, como por ejemplo JetSMART o Norwegian. El cambio de matrícula CC por LV implica mucho más que mantener las fuentes de trabajo, implica soberanía, implica la aplicación de normativas laborales, impositivas, aduaneras, de derecho nacional e internacional.

Si bien el código contempla dicha modalidad para aquellos casos de conveniencia nacional y no porque la aerolínea tomó la decisión corporativa de no realizar la actualización en sus aeronaves. Además, la inversión a realizar para el tamaño del grupo y la flota que opera no afectaría ni la explotación aérea en el país y ni pondría en jaque la economía de la aerolínea.

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